ALFREDO

El Juzgado de Instrucción número 1 de Tui ha dictado el auto de apertura de juicio oral en el caso derivado de la explosión en la parroquia de Paramos en 2018. El propietario de la empresa pirotécnica La Gallega será juzgado como presunto autor de dos delitos de homicidio imprudente, delitos de lesiones imprudentes, riesgo catastrófico en su modalidad de delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes (en su modalidad de tenencia ilícita), un delito imprudente de estragos, así como delitos de daños imprudentes.

En el caso de la Fiscalía, solicita que sea condenado a catorce años de prisión, además de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con la fabricación y manipulación de artefactos pirotécnicos durante el tiempo de la condena, el pago de una multa y diversas indemnizaciones.

El Ministerio Público identifica en su escrito daños en 430 viviendas y 76 en vehículos, además de los sufridos en los servicios públicos (red de abastecimiento, saneamiento, alumbrado público, electricidad, telefonía, viales y mobiliario urbano). Por los menoscabos físicos sufridos como consecuencia de la explosión solicita que se abonen diferentes cantidades a 36 personas, además de la correspondiente indemnización para los hijos de la pareja fallecida, que solicitan para el acusado una pena de 17 años y tres meses de prisión.

La magistrada también acuerda en esta resolución que el investigado, su aseguradora y la entidad pirotecnia La Gallega presten una fianza conjunta y solidaria por un importe de once millones de euros (exactamente 11.260.900 €), que deberán ingresar en el plazo de 10 días, bajo apercibiendo de embargo. El órgano competente para el enjuiciamiento y fallo de la causa será uno de los juzgados de lo Penal de Pontevedra.

Tras un intenso trabajo en la fase de instrucción, la causa se cierra en el Juzgado número 1 de Tui formada por 147 tomos, 37.208 folios y 508 piezas de responsabilidad civil.