El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala la legalidad de la planta de acuicultura de Insuíña, del grupo Pescanova, en una sentencia en la que desestima un recurso que fue interpuesto por los propietarios del camping Mougás, en Oia.
El fallo anula todos y cada uno de los argumentos empleados por el complejo turístico para tumbar el proyecto sectorial del parque de tecnología alimentaria de Mougás número 2, aprobado el 30 de julio de 2009 por la Xunta de Galicia.
Los demandantes argumentaban que el proyecto es nulo de pleno derecho porque el estudio de impacto ambiental fue posterior a la construcción de las naves de piscifactoría. Otra de las razones es que no hay viabilidad económica financiera, afecta al monte vecinal en mano común de Mougás, no consta la tramitación de la declaración de prevalencia e infringe las determinaciones del Plan Gallego de Acuicultura de 2008 porque la modificación de las rasantes del viario y el cumplimiento de los requisitos de retranqueo del aparcamiento proyectado incumple la superficie mínima de 1/3 del ámbito. También señalaban otra serie de infracciones, como la falta un informe de la Dirección Xeral de Turismo, o que no se acredita la producción de por lo menos el diez por ciento de la energía con fuentes renovables.
El TSXG rechaza todos los argumentos para invalidar el proyecto y recupera la ejecución del estudio que considera el área idónea para acoger unas instalaciones de acuicultura, «ya que la zona no posee valores naturales o paisajísticos de especial relevancia».
Respecto al estudio económico financiero, basta con que se ponga de manifiesto la viabilidad y seriedad de la actuación urbanística. La declaración de prevalencia no es una determinación o documento obligatorio. El tribunal también rechaza los motivos relativos a la transformación urbanística del suelo rústico. Insuíña aportó un certificado de Unión Fenosa por la que la electricidad que suministra procede en un 27% de energía renovables.
La sentencia de la sala de lo contencioso administrativo no es firme y contra la misma cabe un recurso de casación.