ALFREDO // La planta de Insuiña en As Mariñas, Mougás

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 30 de junio de 2009, por el que se aprueba el Proyecto sectorial del Parque de Tecnología Alimentaria de Mougás, Oia, por no ser ajustado a derecho al no incluir el estudio de alternativas posibles para el estudio de impacto ambiental.

El tribunal estima de forma parcial el recurso de casación interpuesto por el Camping Mougás contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que confirmó dicho acuerdo del Consello en relación con la aprobación de este proyecto sectorial de incidencia supramunicipal. La sentencia recurrida ha sido anulada.

La sentencia se limita a expresar que el parque de Mougás está situado en suelo rústico de protección de costas y en suelo no urbanizable sin especial protección, que el plan sectorial propone calificar los terrenos sobre los que se implantará el parque como suelo rústico de protección de costas, conteniendo determinados parámetros urbanísticos, como son la ocupación de la parcela, la altura máxima de las instalaciones, la separación mínima a linderos y el cierre de la parcela, así como que el parque está destinado a la ampliación de las instalaciones existentes y que la superficie es de 57.000 m2.

Por ello, concluye que la ausencia de alternativas que se observan en el Plan y que es lógica, dada la naturaleza de la disposición, tampoco se observa en el proyecto presentado. Como consecuencia de ello, estima el motivo de los recurrentes relativo a la ausencia de alternativas en el proyecto con la consiguiente anulación del acuerdo del Consello de la Xunta por el que se aprobó el mismo.